Acuerdo de Concejo
Sesión Ordinaria
Son sesiones que se llevan a cabo durante los días hábiles de los periodos de sesiones ordinarias.

Características
El concejo municipal se reúne en sesión ordinaria no menos de dos, ni más de cuatro veces al mes, para tratar los asuntos de trámite regular. Las sesiones ordinarias son convocadas con, al menos, cinco días hábiles de anticipación; deben realizarse en el local sede de la entidad, en días laborables, bajo responsabilidad administrativa del alcalde
Legislación aplicable
- Artículos 13 y 23 de la Ley Nº 27972 – Ley orgánica de municipalidades.
